miércoles, 25 de julio de 2012

Amnistía Internacional critica fallo que favorece a miembros del Grupo


El poder judicial peruano debe revisar su decisión en el caso de las masacres de Barrios Altos y el Santa



Amnistía Internacional expresa su sorpresa por la sentencia de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que el 20 de julio estableció que los crímenes perpetrados por el Grupo Colina en el caso de las masacres de Barrios Altos y el Santa no constituyen crímenes de lesa humanidad.
Amnistía Internacional considera que esta decisión puede sentar un preocupante precedente para la realización de la justicia a favor de las víctimas y sus familiares que han sufrido violaciones a los derechos humanos y han luchado por justicia durante décadas.

Al determinar que los hechos de las masacres de el Santa y Barrios Altos no fueron de lesa humanidad, la sentencia de la Sala Penal Permanente no solamente contraviene estándares internacionales de derechos humanos sino también la propia jurisprudencia peruana.

Los tribunales peruanos y la propia Comisión de la Verdad y Reconciliación han establecido que las actuaciones del Grupo Colina en el caso de la masacre de Barrios Altos y en otros casos graves de violaciones de derechos humanos constituyeron crímenes de lesa humanidad.

Amnistía Internacional expresa su solidaridad con los familiares de las víctimas y su preocupación con el precedente que esto puede establecer para la lucha contra la impunidad por crímenes cometidos durante el conflicto armado en el Perú y espera que el poder judicial peruano revise esta decisión, que representa un grave retroceso para la vigencia de los derechos humanos y la lucha contra la impunidad.

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JAIME ESPEJO ARCE